Modelo de Póliza

Modelo de Póliza

Muchos autores y consultores líderes citan los ciber riesgos y los nuevos ciberseguros, pero aportan una visión pobre del producto, como algo difuminado y poco esclarecedor a pesar de definir muy bien el estado del mercado y el crecimiento de la demanda El cliente potencial, o incluso el mediador con capacidad de vender el producto, lo percibe como algo fuera del modelo de ramo tradicional porque se listan varias coberturas sobradamente conocidas.

A esto se añade la dispersión de las amenazas que no quedan englobadas en su capa correspondiente.

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Parece más un producto a medida y engorroso de “hacer”, y lo es si no tenemos en cuenta todo los puntos tratados hasta el momento, pues uno de los objetivos del trabajo es acercar el ciberseguro tanto al asegurador como al cliente, y mostrarlo como un producto sólido, que se adapta a la LCS española, con un “core” central y extensiones o pactos expresos propios de cualquier seguro normal que da respuesta y solución a un problema principal.

Como un seguro patrimonial que es, su función principal es la de indemnizar al asegurado por un daño y que debe ajustarse a todos los elementos formales de un contrato

Asegurador y asegurado tendrán sus deberes y derechos (pago de la prima, deber de declaración de la agravación o disminución del riesgo, notificación del siniestro, pago del importe mínimo…), y se comprometerán de buena fe bajo unas condiciones generales y otras particulares escritas de forma clara y precisa.

Uno de los puntos más importantes a destacar es la aplicación de art.43 de la LCS referente a la subrogación, y que le da derecho al asegurador para reclamar al tercero responsable.

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Una pieza de vital importancia cuando el asegurador asuma los costes de una larga y tediosa investigación informática.

En la solicitud, concebida por el asegurado y sin vinculación alguna para el mismo, deberá proporcionarse la máxima información posible que, para este caso, fue descrita en el punto 5.2.2 como una herramienta de valoración del riesgo, a través de cuestionario online u offline, pero que deberá quedar una copia impresa adjunta en la póliza y firmada por ambas partes En cuanto al condicionado particular, se propone un modelo que se ajuste al art.8º de la LCS, teniendo presente la Directiva 92/96 de la UE:

Nº de Póliza
Nombre y Apellidos del Tomador Denominación social (si procede)
NIF CIF
Domicilio Domicilio de la prestación (si procede)
Duración del Seguro
Ámbito territorial
Suma Asegurada o límite de indemnización total
Sublímites de indemnización por cobertura
*Los sublímites para todas las coberturas descritas y enumeradas con descriptores deben sumar el límite total (suma asegurada).

La relación de coberturas se expone en el punto 6 de este trabajo, excluyendo el bloque de asistencia como un ‘servicio’ sin coste.

**La pérdida reputacional requiere definir un período de tiempo.

Responsabilidad
Daños / Gastos
Pérdidas
Franquicia total o por coberturas
Franquicia de tiempo Aplicable a cualquier fallo de seguridad en la red
Prima Neta IPS Recargo Prima Total (EUR)
Vencimiento de prima Forma de Pago
Datos del Mediador Denominación Tipo de Mediador
FIRMA
Definición del contrato Definición de las coberturas Exclusiones, extensiones y definiciones
Procedimientos Notificaciones Apéndices

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